Se considera accidente laboral aquel que se produzca por la realización de actividades deportivas, recreativas o culturales, sin importar si se actúa por orden del empleador o por cuenta propia. En cuanto a las actividades preventivas de la acción protectora de la Seguridad Social, son prestaciones asistenciales a cortesía de https://elliotrjaqj.blog2news.com/39458911/indicadores-sobre-ministerio-de-trabajo-accidentes-laborales-que-debe-saber