) que modifiquen las condiciones de utilización del sistema o impidan el descenso completo de las barreras activas de control de humos. 1. La instalación de equipos y sistemas a los que se refiere este Reglamento se realizará por empresas instaladoras, debidamente habilitadas delante el órgano competente de la Comunidad https://stephenialub.blognody.com/39698911/la-regla-2-minuto-de-red-contra-incendios-normas